Un informe reveló que la Corte Interamericana recibe fondos de organizaciones que influyen en sus decisiones

El Mundo

En la Inauguración del Año Judicial Interamericano, la presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), la jueza costarricense Nancy Hernández López, buscó desmentir con su discurso de apertura que la Corte IDH esté “financiada por intereses particulares para favorecer determinada agenda”, al asegurar que circulan afirmaciones “sin sustento” y que el tribunal “no recibe contribuciones que vayan dirigidas a favorecer temas o países determinados”.

De esta manera, la magistrada se hizo eco del «Balance del financiamiento de la CIDH y la Corte Interamericana 2009-2021. Opacidades e influencias en una financiación condicionada», publicado por el Global Center for Human Rights, una ONG de derechos humanos con sede en Washington DC. Sebastián Schuff, presidente de GCHR, explica que “allí está documentado que, al menos por dos años, la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) financió proyectos de la Corte en cuyos títulos se definían temáticas determinadas, impulsando una agenda política concreta”.

 

Casos de financiamiento condicionado

De acuerdo a la investigación de GCHR, la Corte IDH elabora en promedio once sentencias y menos de una opinión consultiva al año. En este contexto, la atención a las temáticas indicadas en proyectos financiados por AECID es llamativamente desproporcionada.

En 2016, la agencia española aportó fondos para el proyecto de “Protección de víctimas y personas pertenecientes a grupos vulnerables a través de medidas provisionales y resolución de casos contenciosos sobre alegada discriminación por orientación sexual y garantías del debido proceso”, y ese mismo año la Corte IDH se abocó en dos ocasiones a la resolución de casos contenciosos sobre “discriminación por orientación sexual”, alineándose de este modo a la temática del proyecto financiado. En dicho año, la Corte IDH “alegó el incumplimiento de obligaciones inexistentes en los tratados acerca de la llamada «orientación sexual e identidad de género«, cuando condenó a Colombia en el marco del Caso Duque”, y a Ecuador en el Caso Flor Freire.

Otro caso de financiamiento condicionado de la Corte por parte de AECID, nuevamente, aparece en el informe financiero 2018, en un acuerdo por USD 313.350 para el “Mantenimiento de las capacidades de la Corte IDH para resolver casos y opiniones consultivas que contribuyan a la protección de grupos vulnerables, a través de la emisión de estándares sobre medio ambiente, derechos de los pueblos indígenas, deberes de especial protección de las niñas y los niños, asilo, violencia sexual y no discriminación por orientación sexual y por identidad de género, y para difundir audiencias de casos y opiniones consultivas”. Consecuentemente, durante ese periodo se elaboraron tres opiniones consultivas sobre medio ambiente, no discriminación por orientación sexual e identidad de género y asilo.

“Si bien llama la atención que la Corte haya emitido tres opiniones consultivas en seis meses, lo que realmente preocupa es que esas opiniones respondan explícitamente, otra vez, a los requerimientos determinados en el proyecto financiado por AECID”, explicó Sebastián Schuff. “Esto pone de manifiesto, al contrario de lo que afirma la presidenta del tribunal regional, que hay probado sustento para decir que la Corte IDH recibe contribuciones dirigidas a favorecer temas determinados”, sentenció el abogado.

A partir de las declaraciones realizadas por la jueza costarricense se habilitaron en la página web de la Corte IDH datos referidos al financiamiento, tal como anunciaron, pero los mismos no detallan montos, títulos, ni donantes de cada proyecto específico.

“Más preocupante es que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), órgano esencial del Sistema Interamericano de Derechos Humanos (SIDH) por ser el encargado de seleccionar los casos a tratar y cuya transparencia es aún más opaca que la de la Corte, esté siendo financiada parcialmente por países extracontinentales, empresas privadas y ONG transnacionales, como la Fundación Ford o la Open Society Foundation.”

 

Conflictos de interés e inseguridad regional

La investigación realizada por la ONG de derechos humanos alerta sobre la gravedad que conllevarían los potenciales conflictos de interés, ya que algunas organizaciones internacionales que apoyan a la Corte IDH o a la CIDH también financian a las partes peticionarias de casos de litigio estratégico en el sistema.

Un ejemplo de esta irregularidad es la contribución regular que la Fundación Ford a realizado en favor de la Comisión, mientras financia a la Agrupación Ciudadana para la Despenalización del Aborto Terapéutico, Ético y Eugenésico, la cual fue una de las organizaciones peticionarias en el caso «Manuela vs. El Salvador» (según reconocieron las dos de las organizaciones que representan a la parte peticionaria). El conflicto de interés se evidencia nuevamente en el caso «Beatriz vs. El Salvador», que tiene por parte peticionaria a la misma agrupación.

Algo similar parece suceder con la Fundación Heinrich Böll, del partido político alemán Los Verdes, que impulsa una agenda socialista, ecologista y de género, y que desde 2017 financia proyectos de la Corte y apoya a aquella misma agrupación peticionaria.

“El problema es mayúsculo, porque el hecho de que una misma entidad financie al juez y al peticionario afecta gravemente la independencia e imparcialidad necesaria de estos órganos”, advirtió Schuff “Lo que es inaceptable en cualquier país, es un hecho habitual en la Corte IDH y sus órganos asociados”, añadió.

En relación al Caso Beatriz, Schuff sostiene que “allí se juega la credibilidad de todo el Sistema Interamericano de Derechos Humanos”. GCHR y otras entidades advierten que el Pacto de San José de Costa Rica es el fundamento de la existencia de la Corte IDH, y este mismo tratado consagra en su artículo 4° el derecho a la vida “a partir del momento de la concepción”. En este caso, la Corte IDH debe decidir si las autoridades de El Salvador obraron bien al procurar el cuidado de las dos vidas, la de la madre y la de su beba, y evitar así que se sometiera a un aborto a una madre con la excusa de terminar con la vida de su beba, que padecía una malformación.

El Salvador está obligado a respetar tanto el Pacto, que reconoce como personas con iguales derechos a Beatriz y a su hija Leilani, como a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que impediría discriminar a la pequeña Leilani por su grave discapacidad.

“El caso debería haberse declarado inadmisible por contradecir estos tratados”, sostuvo Schuff, en línea con el informe de fondo del comisionado Edgar Orellana, advirtiendo que “una sentencia que contradiga explícitamente la Convención Americana sobre los Derechos Humanos provocaría, sin dudas, una implosión de todo el Sistema Interamericano de Derechos. Y pondría a todos los Estados miembros en una situación de inseguridad jurídica insostenible.”

Por todo esto el abogado sostiene que “es necesario que se reformulen las normas del SIDH para que no haya más financiamiento condicionado. Pero que además se aclare cómo funciona la Corte, porque si se convierte en un tribunal supranacional sin ningún límite ni control, va a ser una amenaza para la democracia y la soberanía de todo el Continente”.

Por: Rodo Galdeano
Fuente: Derecha Diario

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