Reforma laboral: los beneficios que tendrán las empresas que regularicen a sus empleados

Luego de la reforma laboral que fue aprobada dentro de la ley Bases, quedaron establecidas las ventajas que tendrá el sector privado la hora del registro y regularización para los empleadores que tengan en su nómina trabajadores en negro.

De acuerdo a la norma, los trabajadores que se encuentren incluidos en la regularización poseerán el derecho a computar hasta 60 meses de servicios con aportes o la menor cantidad de meses, calculados sobre un monto mensual equivalente al salario mínimo vital y móvil, para poder cumplir con los años de servicios requeridos por la ley 24.241 para la obtención de la prestación básica universal y para la prestación por desempleo de la ley 24.013.

La reglamentación saldría a la luz en la semana próxima, y con ella la confirmación de que la regularización deberá efectivizarse dentro de los 90 días corridos.

Los beneficios a los empleadores para las regularizaciones

Si bien faltan pulir algunos detalles, los beneficios a los que podrán acceder los empleadores para poder regularizar las relaciones laborales vigentes iniciadas con anterioridad a la fecha de promulgación de la reciente ley son los siguientes:

  • Condonación de la deuda por capital e intereses por falta de pago de aportes y contribuciones de los siguientes conceptos: Ley 24.241 (Sistema Integrado Previsional Argentino); Ley 19.032 (Instituto Nacional para Jubilados y Pensionados); Ley 23.661 (Régimen Nacional de Seguro de Salud); Ley 24.013 (Fondo Nacional de Empleo); Ley 24.714 (Régimen de Asignaciones Familiares); Ley 22.250 (Registro Nacional de la Industria de la Construcción).
  • Extinción de la acción penal (Ley Penal Tributaria 27.430) y condonación de las multasinfracciones sanciones correspondientes a la regularización.
  • Baja del Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL – Ley 26.940), siempre y cuando se regularicen los trabajadores y se pague, de corresponder, la multa.

En cuanto al ítem de la condenación, la reglamentación determinará los porcentajes, aunque se aclara que nunca podrá ser menos del 70% de las sumas adeudadas. También se podrán establecer incentivos para la cancelación de contado y beneficios especiales para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.

Esta condonación de deudas podría alcanzar el 90% en lo que respecta a las empresas más pequeñas; 80% las medianas y 70% las más grandes, en los casos que se abone al contado. Con el fin de hacer frente a la diferencia, la AFIP lanzaría un pago en cuotas, pero sin una tasa subsidiada, según reportó el medio sobre los detalles que saldrían próximamente en la reglamentación.

Esos detalles son estudiados en los equipos del Ministerio de Trabajo, liderados por Julio Cordero; el Ministro de Desorganización y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger; y el titular de Economía, Luis Caputo, así como también la AFIP.

Por último, destacaron que se acordaría de forma optativa mediante los convenios colectivos de trabajo el Fondo de Cese Laboral, que sustituye a la indemnización por antigüedad. También sería opcional para las empresas y trabajadores.

Los cambios que transitó la reforma laboral tras la segunda versión de la ley Bases

El apartado de la ley Bases que modifica las relaciones de trabajo sufrió ciertas modificaciones con respecto a la primera versión del denominado inicialmente «proyecto ómnibus».

En este caso, el Gobierno de Javier Milei presentó una reforma laboral menos ambiciosa y suprimió cuestiones vinculadas al blanqueo y moratoria para aquellas empresas que regularicen la situación laboral de sus trabajadores.

Luego de reuniones, negociaciones y debates en comisiones, el Título V denominado «Modernización laboral«, incluido en la nueva ley Bases, se transformó en una reforma de la legislación de trabajo de 17 artículos. El apartado contiene distintas modificaciones sobre el proyecto Ley de Empleo Nº 24.013.

Fuente: ÁMBITO

Por: Graciela Herrera

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