Denuncia por homofobia en Sanofi
Leonardo Hatanaka da Silva espera que el tribunal resuelva sobre las motivaciones detrás de la terminación de su contrato.

Doce días. Ese fue el tiempo que tardó la carrera de Leonardo Hatanaka da Silva en la empresa Sanofi en desmoronarse. Doce días pasaron entre la notificación formal de su inminente paternidad y la carta de despido que lo dejó, junto a su pareja y su hijo recién nacido, en una batalla legal y existencial contra un gigante farmacéutico que pregonaba la inclusión como uno de sus valores centrales.
Para el empleado, su despido fue una represalia por su orientación sexual y su paternidad a través de gestación subrogada. Para la empresa, la decisión se justificó por una caída en su rendimiento profesional. Lo que comenzó como un conflicto interno, rápidamente escaló hasta convertirse en un caso emblemático sobre la rendición de cuentas corporativa. La historia no comienza con el despido, sino con los pasos que dio para construir una familia. Hatanaka, de nacionalidad brasileña, fue asignado como expatriado en Argentina a partir del 1 de noviembre de 2021, a la filial local Genzyme de Argentina S.A., con un contrato global gestionado a través de la filial suiza del grupo, Sanofi Gestion S.A.
A principios de 2023 Hatanaka informó a su empleadora sobre su proyecto de paternidad. El 1 de febrero de 2023, notificó formalmente a la empresa que la fecha probable de nacimiento de su hijo, Matteo, era el 5 de mayo de 2023. En la misma comunicación, manifiestó su intención de acogerse a la licencia parental de seis meses que Sanofi promocionaba activamente. El 13 de febrero de 2023, Genzyme de Argentina S.A. despidió a Hatanaka sin expresar causa. Ese mismo día, recibió una carta de Sanofi Gestion S.A. desde Ginebra confirmando la decisión de terminar su asignación en Argentina y su contrato de trabajo, fijando como fecha final el 31 de mayo de 2023.
El 5 de mayo de 2023 nació Matteo, el hijo de Hatanaka. El 31 de mayo de 2023 se hizo efectiva la finalización de su contrato, tal como lo había estipulado la carta de la filial suiza.
La defensa de la empresa se construyó sobre un repentino deterioro del desempeño, documentado en una serie de correos internos que, llamativamente, comenzaron a surgir justo cuando el proyecto de paternidad de Hatanaka se materializaba.
Entonces, la batalla se trasladó a un nuevo terreno: los organismos del Estado. Aunque sus dictámenes no son judicialmente vinculantes, agencias administrativas especializadas establecen un precedente fáctico, ofreciendo una primera evaluación oficial de los hechos.
Tras su despido, Hatanaka presentó denuncias formales ante dos organismos: El Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI) y la Dirección General de Convivencia en la Diversidad, del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Ambas entidades analizaron la evidencia.
El primer Dictamen del INADI fue el 10 de noviembre de 2023: tras una investigación de siete meses, el organismo concluyó que el despido se encuadraba en la Ley Antidiscriminatoria N° 23.592. El dictamen fue explícito al conectar las dificultades que enfrentó el ejecutivo con su orientación sexual.
El Informe de la Dirección General de Convivencia en la Diversidad llegó a una conclusión similar.
El impacto de estas resoluciones fue significativo. Hatanaka ya no contaba solo con su palabra, sino con el respaldo de dos dictámenes estatales que calificaban la acción de la empresa como discriminatoria. Sin embargo, Sanofi Group mantuvo su postura. La compañía no reconoció su responsabilidad, no ofreció ninguna forma de reparación y sostuvo la validez del despido.
Con el respaldo de los dictámenes administrativos, el conflicto se judicializó.
La estrategia legal de Hatanaka se centró en una medida cautelar, una herramienta procesal de urgencia que busca revertir los efectos del acto considerado ilegal mientras se debate la cuestión de fondo. Su objetivo era ser reincorporado.
La primera victoria llegó el 30 de abril de 2024, cuando el Juzgado Nacional de 1ra Instancia del Trabajo N° 55 ordenó la reinstalación inmediata de Hatanaka.
Sin embargo, la empresa apeló la medida, y la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (Sala IX) dio un giro. Revocó la medida cautelar, adoptando una postura diferente que el tribunal de primera instancia. Los jueces consideraron que la verosimilitud del derecho no estaba acreditada como para una medida de tal magnitud y que el debate presentaba “aristas jurídicas muy complejas que evidentemente se proyectaban sobre el fondo del asunto”.
En esencia, el tribunal exigió una carga probatoria más alta para una medida preliminar, empujando el debate central sobre la discriminación a una sentencia definitiva, en lugar de aceptarlo como un hecho probable basado en los dictámenes administrativos.
Entonces el caso fue presentado con un Recurso de Inconstitucionalidad ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Ciudad de Buenos Aires. El argumento central es que la Cámara de Apelaciones incurrió en arbitriedad omitiendo analizar pruebas clave y desoyendo los contundentes dictámenes de los organismos estatales.
Leonardo y su pareja esperan desde marzo la resolución del Tribunal Superior de Justicia de Caba, así como el del Ministerio Público Fiscal de Caba.


Los comentarios están cerrados.