El Gobierno trabaja en un nuevo proyecto de ley energético: más recortes a los subsidios al gas y menos beneficios para las “zonas frías”
Se contemplarán puntos que no se lograron aprobar en la Ley de Leyes. Cuándo se presentaría y las facultades que ya recibió el ministro de Economía, Luis Caputo
El Gobierno trabaja en un proyecto de ley en el ámbito energético que propone modificar el régimen de beneficios fiscales e impositivos relacionados con las energías renovables, junto con el esquema de la “Zona Fría”
El objetivo sería disminuir la cantidad de hogares que reciben subsidios en la factura de gas, en un contexto de aumento de la tensión en Oriente Medio que afecta la estabilidad de los precios del petróleo y el gas y tiene impacto sobre las finanzas públicas. Aunque las modificaciones que propondría el oficialismo generan tensión con los gobernadores.
Según pudo saber Infobae con fuentes al tanto de las negociaciones, el oficialismo incluirá en ese proyecto algunos puntos en el capítulo XI del Presupuesto 2026, que el oficialismo no logró que se aprobara durante el tratamiento en el Congreso. En gran parte porque en el mismo se incluía la derogación de la ley de Emergencia en Discapacidad.
Fuentes cercanas a las negociaciones comentaron a este medio que el Gobierno trabaja en una iniciativa más amplia sobre energía, que incluiría una prórroga de los beneficios fiscales e impositivos para energías renovables y una revisión de la “Zona Fría”. Estos temas quedaron afuera del Presupuesto, lo que genera expectativas y eventuales tensiones con las provincias. Los sectores provinciales observan con atención el desarrollo del proyecto, debido a su impacto en los esquemas de subsidios, aunque la presentación en el Congreso no sería en el corto plazo.

Dentro del Capítulo XI, luego de negociaciones con una parte de la oposición, el Gobierno planteó la sustitución del artículo 75 de la Ley 25.565 y del artículo 148 de la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto 11.672. En el texto que llegó al recinto, se fijó que el Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos de Gas tiene como objetivo financiar compensaciones a empresas proveedoras por ventas de gas natural y gas licuado de petróleo en la región patagónica, el departamento de Malargüe en Mendoza y la región de la Puna. Lo que también contempla la venta de cilindros y garrafas en esas áreas, así como el gas propano comercializado a granel.
Con ese cambio en la letra chica, lo que buscaba el Gobierno, y va a reiterar con este nuevo proyecto, es reducir la cantidad de hogares que reciben un subsidio en la boleta de gas por pertenecer a “Zonas Frías”. Hoy, por ley, no solo reciben subsidios hogares de la Patagonia, el departamento de Malargüe y la región de la Puna, sino también de la provincia de Buenos Aires, San Luis, Córdoba, Santa Fe, entre otras.
La Ley original de Zonas Frías, sancionada en 2002, limitaba el beneficio a las provincias patagónicas. Pero en 2021, el Congreso amplió el alcance de la norma y redefinió los criterios de zona fría a partir de parámetros bioambientales, extendiendo el beneficio a provincias como Río Negro, la costa atlántica, el sur de Córdoba, el sur de Santa Fe y casi toda Mendoza. El universo de beneficiarios subió de 950.000 a 4 millones de hogares, lo que representa cerca de la mitad de los usuarios residenciales con acceso a gas por red. El crecimiento de los beneficiarios incrementó la presión sobre el Fondo Fiduciario y profundizó la necesidad de ajustar los mecanismos de financiamiento. “Córdoba recibe subsidios por Zona Fría“, afirmaban en tono irónico en el Ministerio del Interior durante el tratamiento del presupuesto.
Nuevas facultades de Caputo
También en ese capítulo del presupuesto, se contemplaban cambios sobre el mecanismo de financiamiento del Fondo Fiduciario de Zonas Frías, recargo de hasta un 7,5% sobre el precio del gas natural en el punto de ingreso al sistema de transporte que se aplicaba a todos los metros cúbicos consumidos o comercializados en el país, excepto los destinados a exportación. Se proponía darle al Poder Ejecutivo la posibilidad de modificar ese recargo hasta en un 50%, según las necesidades de la política energética.
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Sin embargo, vía decreto del presidente Javier Milei, el ministro de Economía, Luis Caputo, ya pudo hacerse de estas facultades y ahora cuenta con la posibilidad de aumentar hasta 11,25%. Lo que es una prueba del interés del oficialismo de insistir con las propuestas del capítulo del presupuesto que se cayó en el Congreso.
La decisión sobre si se aumenta o no el recargo en mayo se va a dar a conocer cerca de fin de mes. Aunque en caso de tomarse la decisión de incrementar en un 50% el recargo, los especialistas destacan que el impacto sobre la tarifa no será importante.

En el Presupuesto se planteaba que el régimen aprobado mantendría su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2031, para otorgarle previsibilidad a los sectores beneficiarios. Además, autorizaba al Poder Ejecutivo la afectación de fondos recaudados al pago de subsidios correspondientes a consumos de usuarios del servicio general P de gas propano indiluido por redes en la región beneficiaria, hasta que se establezca un nuevo régimen de compensaciones basado en criterios de equidad y uso racional de la energía.
Otra disposición relevante autorizaba a la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía a determinar diferencias de ingresos percibidos por distribuidoras bajo jurisdicción federal, ocasionadas por leyes de emergencia en materia de tarifas eléctricas. El Poder Ejecutivo podría instruir a la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico Sociedad Anónima (Cammesa) para que aplique créditos resultantes a la cancelación de obligaciones que las distribuidoras mantengan con esa entidad, siempre que las empresas renuncien a reclamos judiciales o administrativos vinculados a la emergencia. El texto preveía que, en conjunto con las jurisdicciones locales y sus entes reguladores, la Secretaría de Energía también pueda determinar diferencias de ingresos de distribuidoras provinciales y municipales, bajo las mismas condiciones respecto de la renuncia a litigios.
Respecto a los pagos en efectivo, el capítulo XI del presupuesto exceptuaba de la Ley de Prevención de la Evasión Fiscal a los realizados por jurisdicciones y entidades del Poder Ejecutivo nacional mediante fondos rotatorios y cajas chicas, siempre que los importes no superen el equivalente a tres módulos, según el reglamento aprobado por decreto 1.344/07. Esta excepción modificaba los montos máximos permitidos para pagos en efectivo en la administración pública nacional.
El proyecto también establecía que los fondos recaudados por la tasa de comprobación de destino correspondiente a ciertas importaciones mineras ingresarán como recursos con afectación específica a la Secretaría de Minería del Ministerio de Economía. Estos recursos cubrirán gastos de control, promoción y desarrollo de la actividad minera y del conocimiento geológico nacional.
Fuente: Infobae
Rivero. C
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