El Cels pidió a la Justicia que declare inconstitucional el DNU de Milei

El Poder Ejecutivo «decidió alterar las reglas constitucionales de nuestro país, asumiendo facultades que son del Congreso», señala el comunicado de la entidad en la que explicita los motivos de la presentación judicial.

El Centro de Estudios Legales y Sociales (Cels) presentó una acción declarativa de inconstitucionalidad y un pedido de medida cautelar ante el fuero Contencioso Administrativo Federal contra el decreto de necesidad y urgencia (DNU) 70/2023 del Gobierno nacional, por «alterar reglas constitucionales, violar división de poderes y suprimir derechos».

Detalló en un comunicado que se presentó «con una acción en el fuero Contencioso Administrativo Federal para que se declare inconstitucional el decreto de necesidad y urgencia 70/2023 del gobierno de Javier Milei, ya que se aparta del principio de división de poderes, así como suprime y restringe derechos, garantías individuales y colectivas de amplios sectores sociales con dificultades económicas«.

El Cels remarcó que a través de este DNU el Poder Ejecutivo «decidió alterar las reglas constitucionales de nuestro país, asumiendo facultades que son del Congreso».

Solicitó al Poder Judicial que, mientras tramita la acción presentada, suspenda la aplicación del DNU 70/2023 mediante una cautelar.

«La medida cautelar solicitada busca evitar las mayores consecuencias que su implementación generará en los derechos humanos de sectores sociales que atraviesan, ya de por sí, una situación de crisis económica«, explicó al respecto.

El organismo de derechos humanos remarcó que el decreto deroga o modifica «73 leyes de forma permanente, lo cual está prohibido para el Presidente y su gabinete».

Destacó que los cambios que introduce «no contemplan las desigualdades estructurales que enfrentan distintos sectores de la población» y deja «librado a las decisiones del mercado el acceso a la vivienda, a la alimentación o a los medicamentos», entre otros.

«También afectan los derechos laborales y sindicales, debilitando la organización gremial y limitando los métodos de protesta que se encuentran reconocidos en la constitución, como la huelga o la manifestación», se puntualizó en el comunicado.

Recordó que un DNU es una herramienta para ser utilizada «sólo en contextos excepcionales, en los que la urgencia es incompatible con los tiempos que maneja el Congreso» y que «debe usarse para decisiones transitorias».

«Nunca antes se había utilizado un DNU para derogar o modificar más de 70 leyes en un solo paso», afirmó el Cels.

Ejemplificó que algunas de las normas cambiadas, como la ley de alquileres, fueron debatidas y consensuadas «incluso de manera reciente por distintos sectores políticos en el Congreso y eran protectoras de derechos».

«Las reformas que introduce el DNU empeoran las condiciones básicas que se requieren para trabajar, alquilar, pagar con tarjeta de crédito, o comprar remedios. Como contracara, tiene modificaciones que benefician directa y explícitamente a grupos empresarios», analizó el Cels.

«Todo el contenido del DNU podría haber sido tratado en el Congreso, en sesiones extraordinarias u ordinarias. El Poder Ejecutivo no explicó ni la urgencia ni la necesidad de modificar de esta manera y en un sola norma tantas leyes que habían sido aprobadas y dictadas en el ámbito legislativo», dijo.

Y agregó: «La acumulación de reformas incluidas, sobre una enorme multiplicidad de temas ya debatidos y regulados, demuestra que el objetivo del DNU fue evitar la discusión parlamentaria«.

También se incluyó un punto sobre «Derecho a la salud y derogación de la ley 27113 «la cual declara de interés nacional y estratégico la actividad de los laboratorios de producción pública- y que en caso de que ser anulada «dejaría la producción de medicamentos totalmente en manos del sector privado, bajo la lógica exclusiva de la rentabilidad».

Fuente: TÉLAM
Por: Graciela Herrera

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