ARCA anunció los nuevos cambios para el monotributo
La recategorización es un proceso anual mediante el cual los monotributistas deben actualizar su categoría en función de sus ingresos del último período. Este ajuste es fundamental para garantizar que cada contribuyente pague los impuestos correspondientes según su actividad y nivel de facturación.
Principales cambios introducidos por la Resolución General 5637/2025:
Actualización semestral de las escalas: Las categorías y los montos a pagar se ajustarán semestralmente en función de la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC), lo que permitirá que las escalas se adapten de manera más ágil a la inflación.
Simplificación del trámite: Se implementará un sistema simplificado para que los contribuyentes puedan realizar la recategorización de manera más fácil y rápida a través de la web o la aplicación.
Notificación electrónica: Las resoluciones de recategorización se notificarán en el Domicilio Fiscal Electrónico, agilizando el proceso y evitando demoras en la comunicación.
Nuevas escalas: Se publicarán las nuevas escalas con los montos actualizados, pero ya es posible realizar un cálculo aproximado teniendo en cuenta la inflación del segundo semestre de 2024.
Los cambios introducidos por el ARCA tendrán un impacto directo en el bolsillo de los monotributistas. Por un lado, la actualización de las escalas implica que algunos contribuyentes podrían pasar a una categoría superior y, por lo tanto, pagar un impuesto mayor. Por otro lado, la simplificación del trámite facilitará el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
¿Cómo quedarían las escalas tras la recategorización?
La categoría “A” ahora incluirá a quienes perciban hasta $7.813.530. En tanto, el impuesto total a pagar pasará de $26.600 a $32.223.
La categoría “B” será para quienes ganen hasta $11.447.730 brutos anuales, aplicando un impuesto mensual total de $36.681 a partir de febrero.
La categoría “C” llegará hasta los $16.051.050 de ingresos brutos y el impuesto será de $42.954.
La categoría “D”, saltará a $19.927.530. El impuesto final será de $55.050
La categoría “E” incluirá a quienes ganen hasta $23.440.590. Cabe aclarar que el impuesto a pagar es diferente, según si el contribuyente se dedica a la venta de bienes o a la prestación de servicios. En el primer caso, pagará $77.951 mensuales y en el segundo tributará $70.440.
La categoría “F”, contribuyentes con ingresos de hasta $29.376.450. El impuesto será de $98.103 para bienes y de $84.535 para servicios.
La categoría “G” será para quienes ganen hasta $35.130.600 y el impuesto irá de $103.328 a $149.845, dependiendo de la actividad.
La categoría “H” abarcará a los trabajadores con ingresos brutos de hasta $53.301.600 anuales. En ese caso, el impuesto será de $340.081 para bienes y de $206.827 para servicios.
La categoría “I”, saltará a $59.661.450 de ingresos brutos máximos anuales. El impuesto será de $627.030 para quienes se dedican a la venta de bienes y de $309.038 para quienes prestan algún servicio.
La categoría “J”, en tanto, será para quienes ganen hasta $68.322.960 mensuales. Esos contribuyentes deberán pagar $377.873 por servicios o 759.464 por bienes.
La categoría “K”, que tenía un ingreso bruto máximo de $68.000.000 anuales, a partir de ahora llegará a $82.375.200. Si el contribuyente se dedica a la venta de bienes, deberá pagar $1.050.386 y si presta servicios, tendrá que pagar $456.800.
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