Así es la regularización del expendio de bebidas alcohólicas en la Provincia
La Ley 639-A establece la obligatoriedad de inscribirse en el Registro Provincial de Expendio de Bebidas Alcohólica, por ello la Secretaría de Estado de Seguridad y Orden Público a través de la Policía de San Juan, asegura un control efectivo sobre esta actividad y fomentando un consumo responsable.
El Registro Provincial de Expendio de Bebidas Alcohólicas, es una exigencia legal establecida por la Ley 639-A, que obliga a las personas físicas o jurídicas que desarrollan esta actividad, ya sea de manera principal o accesoria, a inscribirse en el mencionado registro dependiente a la Policía de San Juan. Esta normativa busca regular el expendio de bebidas alcohólicas en la provincia y no contempla excepciones, incluso para aquellos que operan de forma transitoria, esporádica o ambulatoria.
El trámite correspondiente se puede realizar en la sede de la Dirección de Bomberos de la Policía de San Juan, ubicada en calle Mary O’ Graham esquina Mendoza, Capital. Los interesados pueden acudir de lunes a viernes entre las 08:00 y las 13:00 horas para realizar su inscripción.
Para formalizar el registro, es necesario presentar una serie de documentos.
¿Cuál es la documentación necesaria?
1. Habilitación Municipal vigente, donde aparezca nombre y apellido del titular del local, domicilio comercial, rubro de la actividad y vigencia de la misma.
2. Constancia de Cuil del titular del local emitido por ANSES.
3. Pago de las Unidades Tributarias correspondientes al rubro de la actividad.
4. Formulario de inscripción, el que tiene carácter de declaración jurada, el mismo debe ser impreso en formato y hoja oficio.
5. Fotocopia del D.N.I. del titular del local.
El certificado de expendio obtenido tiene una duración de un año, su validez está sujeta al mantenimiento de la habilitación municipal. En caso de que el certificado haya vencido, es obligatorio realizar un proceso de renovación que requiere la presentación de los mismos documentos exigidos en la inscripción inicial, además de un formulario de renovación en duplicado.
Por último, es importante señalar que no existe diferencia en el procedimiento para el expendio de bebidas alcohólicas en eventos; este también debe tramitarse siguiendo los protocolos establecidos. El cumplimiento de estas regulaciones no solo es una obligación legal, sino que también contribuye a la promoción de un consumo responsable y controlado de bebidas alcohólicas en la comunidad.
Op: Juan Llarena
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