Clave para créditos Pyme: es oficial la modificación en tasa, cupos y plazos de los financiamientos

El objetivo de la norma es informar sobre las modificaciones a la Línea de Financiamiento para la Inversión Productiva de MiPyME.

El Banco Central (BCRA) informó a través de la Comunicación “A” 7983/2024, publicada este lunes en el Boletín Oficial, sobre las nuevas disposiciones relacionadas con el financiamiento dirigido a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMEs) y la reducción de la exigencia de efectivo mínimo.

Según menciona el texto oficial, el objetivo de la norma es informar sobre las modificaciones a la Línea de Financiamiento para la Inversión Productiva de MiPyME, que se implementarán a partir del 1 de abril del corriente año.

Principales cambios

  • Se crea un nuevo «Cupo MiPyME Mínimo» que las entidades financieras deberán cumplir para poder acceder a la reducción de la exigencia de efectivo mínimo.
  • El Cupo MiPyME Mínimo establece que las entidades financieras deben destinar al menos el 7,5% de sus depósitos del sector privado no financiero en pesos a financiar proyectos de inversión y capital de trabajo de MiPyMEs.
  • Se modifica el porcentaje de reducción de la exigencia de efectivo mínimo para las financiaciones a MiPyMEs:
  • 40% para las financiaciones a un plazo promedio igual o superior a 36 meses.
  • 30% para las financiaciones a un plazo promedio inferior a 36 meses.

Se establecen nuevos requisitos para las financiaciones que se computen para la reducción de la exigencia de efectivo mínimo.

  • Se modifica el cronograma de implementación de las medidas.

De acuerdo con la Comunicación, estas nuevas regulaciones buscan promover el financiamiento a las MiPyMEs y facilitar el acceso al crédito, al mismo tiempo que se incentiva la reducción de la exigencia de efectivo mínimo para las entidades financieras que cumplan con los requisitos y condiciones establecidos.

Asimismo, se excluyen del cómputo del Cupo MiPyME Mínimo las financiaciones a MiPyMEs con actividad agrícola que se dediquen al acopio de trigo y/o soja, o a la producción de cereales y/u oleaginosas y que las entidades financieras deberán informar al Banco Central sobre el cumplimiento del Cupo MiPyME Mínimo.

Fuente: Ámbito

Rivero. C

Los comentarios están cerrados.