Condena firme en Rawson: 11 años de prisión por el abuso sexual de sus hijastras

Un tribunal dictó una pena unificada de 11 años de cumplimiento efectivo en el Servicio Penitenciario Provincial tras comprobar los ataques sistemáticos cometidos contra las dos hijas de su expareja en el departamento de Rawson.

Un tribunal colegiado condenó a un hombre identificado como J.J.A. a una pena única de 11 años de prisión en el Servicio Penitenciario Provincial, tras hallarlo culpable de los delitos de abuso sexual en perjuicio de las dos hijas de su expareja en el departamento de Rawson.

Durante el debate oral y público, la unidad fiscal conformada por la fiscal Valentina Bucciarelli y los ayudantes fiscales Nahuel Ibazeta, Luciana Fasoli, Fernando Guerrero, junto con la colaboradora Rocío Toledo, lograron acreditar la responsabilidad penal del imputado en los ataques cometidos contra las menores, identificadas en la causa como T.C. (actualmente de 15 años) y J.C. (de 11 años).

De acuerdo con la investigación probada en el juicio, los abusos ocurrieron en el domicilio del agresor ubicado en Rawson. En el caso de T.C., los hechos comenzaron en 2023 cuando la víctima tenía 11 años; el acusado aprovechaba cuando la niña estaba en la cama para colocarle crema en las piernas, tocar sus partes íntimas por debajo de la ropa interior y besarla en la boca de manera reiterada introduciendo su lengua.

Por otra parte, los ultrajes contra J.C. se registraron cuando la menor tenía 7 años y asistía a la casa del imputado durante las siestas. En esas circunstancias, el agresor aprovechaba que la niña se encontraba utilizando una tablet en la cama para tocar y besar su zona genital, provocándole dolor físico.

Si bien el tribunal resolvió absolver al imputado por el delito de promoción a la corrupción agravada respecto a la víctima T.C., lo declaró culpable por los cargos de abuso sexual simple reiterado en concurso real con abuso sexual gravemente ultrajante.

Finalmente, la justicia decidió revocar la condicionalidad de una pena previa de 3 años de prisión que pesaba sobre el acusado —impuesta en el legajo MPF-SJ-02552-2023 de la UFI ANIVI— y unificó ambas sanciones en una condena total de 11 años de prisión efectiva en el Penal, ordenando que se mantenga la medida de prisión preventiva mientras la resolución adquiere firmeza.

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