Condena sin prisión para un fotógrafo que pidió imágenes íntimas a un menor en San Juan

El acusado pactó un juicio abreviado por tenencia y distribución de material de abuso infantil; deberá cumplir reglas de conducta durante dos años.

En una audiencia de formalización realizada este martes en los tribunales de San Juan, la Justicia dictó sentencia contra Juan Chávez, un fotógrafo acusado de contactar a un niño de 11 años a través de redes sociales para solicitarle material explícito. Pese a la gravedad de los cargos, el imputado no irá a la cárcel, ya que se acordó una pena de ejecución condicional.

El acuerdo judicial

Bajo la supervisión de la jueza Carolina Ana Parra, la fiscalía —representada por el Dr. Eduardo Gallastegui— y la defensa técnica llegaron a un acuerdo de juicio abreviado. La condena establecida es de un año de prisión en suspenso por los delitos de distribución y tenencia de material de abuso y explotación sexual infantil.

Durante el acto procesal, Chávez optó por el silencio y decidió no prestar declaración ante las autoridades.

Pruebas digitales contundentes

La investigación logró avanzar gracias a evidencia tecnológica clave proporcionada por:

  • Reportes internacionales: Un informe de la empresa WhatsApp alertó sobre la actividad irregular.

  • Datos de telefonía: Informes de la prestadora Movistar ayudaron a reconstruir el rastro digital.

  • Allanamiento: En el domicilio del acusado se secuestró un teléfono Motorola. Tras el peritaje del dispositivo y sus correos electrónicos, se hallaron búsquedas comprometedoras que confirmaron el contacto con la víctima.

Como medida complementaria, la Justicia ordenó el borrado total y la destrucción de cualquier archivo (fotos, videos y documentos) contenido en el dispositivo secuestrado.


Reglas de conducta: ¿Qué debe cumplir el condenado?

Al tratarse de una pena condicional, Chávez recuperó la libertad, pero quedó sujeto a estrictas medidas de control que, de incumplirse, podrían revocar su beneficio. Las reglas impuestas por un plazo de dos años incluyen:

  1. Fijación de domicilio: No podrá mudarse sin dar aviso previo a la Justicia.

  2. Abstinencia: Obligación de no consumir bebidas alcohólicas ni estupefacientes.

  3. Sometimiento al control judicial: Deberá presentarse periódicamente ante los organismos de supervisión.

Nota: La causa contó con la intervención del abogado defensor Carlos Fleuri y marca un precedente sobre el seguimiento de reportes internacionales en delitos de grooming y explotación infantil en la provincia.

Op: Juan Llarena

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