Condenaron a seis años de prisión a un hombre por abusar de su vecino menor de edad
El tribunal resolvió por mayoría calificar el hecho como "abuso sexual gravemente ultrajante", descartando el acceso carnal que sostenía la Fiscalía. La presidenta del tribunal votó en disidencia, a favor de una pena mayor.
En un fallo que generó fuertes contrapuntos técnicos entre los magistrados, la Justicia de San Juan condenó a seis años de prisión efectiva a un hombre por el abuso sexual de un adolescente de 13 años. El condenado, quien era vecino de la víctima, aprovechaba su vínculo de cercanía y situaciones de vulnerabilidad para cometer los ataques.
La sentencia se dictó bajo la figura de abuso sexual gravemente ultrajante, una calificación que contempla penas de entre 4 y 10 años. Sin embargo, la resolución no fue unánime y dejó en evidencia dos posturas jurídicas contrapuestas sobre la gravedad del delito.
Controversia por la calificación legal
El eje del debate durante el juicio fue la existencia o no de acceso carnal:
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Postura de la Fiscalía: Sostuvo que hubo acceso carnal y solicitó la pena máxima de 10 años de prisión.
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Voto de Mayoría: Dos de los jueces del tribunal consideraron que no se logró probar fehacientemente el acceso, optando por la figura de “gravemente ultrajante” y fijando la pena en 6 años.
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Voto en Disidencia: La presidenta del tribunal coincidió con el planteo del Ministerio Público Fiscal, votando por una condena más elevada.
Próximas instancias
Debido a que el acusado era una persona del entorno cercano del menor —su vecino—, el caso ha causado especial conmoción en la comunidad. No obstante, el proceso judicial aún no está cerrado.
Los fundamentos completos de la sentencia se darán a conocer el próximo 23 de abril. A partir de esa fecha, tanto la defensa como la fiscalía tendrán la oportunidad de presentar recursos de apelación ante instancias superiores para revisar la calificación del delito y el monto de la pena impuesta.
POR LIC. EUGENIA VILA
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