EL GOBIERNO DECRETÓ LA «EMERGENCIA» DEL SECTOR ELÉCTRICO Y DISPONE LA REVISIÓN TARIFARIA
Mediante un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), que regirá hasta el 31 de diciembre de 2024, el Gobierno oficializó la "emergencia del sector energético nacional". El texto estableció además la continuidad de la intervención de los entes reguladores de la Electricidad (ENRE) y del Gas (Enargas).
El Gobierno oficializó este lunes la «emergencia del sector energético nacional» hasta el 31 de diciembre de 2024, dispuso el inicio del proceso de revisión tarifaria con el mismo plazo y estableció la continuidad de la intervención de los entes reguladores de la Electricidad (ENRE) y del Gas (Enargas).
La medida, que había sido anunciada el domingo, se formalizó con la publicación en la edición del lunes del Boletín Oficial del Decreto de Necesidad y Urgencia 55/2023, en el que se sostiene que existe «una efectiva situación de emergencia que debe ser reconocida y así declarada».
Habiendo evaluado la situación en que recibe el sistema energético y las condiciones que se proyectan a futuro, «resulta necesario adoptar medidas de corto, mediano y largo plazo que permitan la continuidad en la prestación de los servicios públicos de transporte y distribución de energía eléctrica y gas natural, y asegurar el suministro», destaca el texto en sus considerandos.
En consecuencia, el DNU declara en su artículo 1 «la emergencia del Sector Energético Nacional en lo que respecta a los segmentos de generación, transporte y distribución de energía eléctrica bajo jurisdicción federal y de transporte y distribución de gas natural».
La declaración de emergencia y las acciones que de ella deriven «tendrán vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024», según sostiene el DNU firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Nicolás Posse, y los demás ministros.
La declaración de emergencia y las acciones que de ella deriven «tendrán vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024», según sostiene el DNU firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Nicolás Posse, y los demás ministros.
El artículo 2 instruye a la Secretaría de Energía que disponga el programa de acciones necesarias para «la sanción de precios en condiciones de competencia y libre acceso, mantener en términos reales los niveles de ingresos y cubrir las necesidades de inversión, para garantizar la prestación continua de los servicios públicos de transporte y distribución de energía eléctrica y gas natural en condiciones técnicas y económicas adecuadas para los prestadores y los usuarios».
En ese sentido, determina a través del artículo 3 el «inicio de la revisión tarifaria» correspondiente a las prestadoras de los servicios públicos de «transporte y distribución de energía eléctrica bajo jurisdicción federal y de transporte y distribución de gas natural», y establece que la entrada en vigencia de los cuadros tarifarios resultantes «no podrá exceder del 31 de diciembre de 2024».
En el DNU también se dispone la intervención del ENRE y del Enargas, a partir del 1 de enero de 2024 y la designación de los miembros del Directorio que resulten de un proceso de selección previsto en el mismo DNU.
Al respecto se faculta a la Secretaría de Energía a designar a los interventores de ambos organismos técnicos, quienes tendrán entre sus funciones encomendadas «realizar los procesos de revisión tarifaria» y «evaluar e informar sobre la gestión de Compras y Contrataciones» y eventuales anomalías.
El DNU dispone de un plazo de 180 días para que la Secretaría de Energía inicie el proceso de selección de los miembros de los directorios de ambos entes, de acuerdo con los marcos regulatorios vigentes.
En sus considerandos, la medida asegura que «la prestación de los servicios públicos de transporte y distribución de Gas y Energía Eléctrica bajo jurisdicción federal exhibe una situación caracterizada por la creciente obsolescencia de los activos de las empresas prestadoras, la insuficiente adecuación a las necesidades de la demanda actual y futura y la profundización de los inconvenientes derivados de la falta de renovación de las redes y su ampliación».
«Por ello, resulta imperioso encauzar la prestación de los mencionados servicios públicos bajo la plena vigencia de los marcos regulatorios respectivos y de los contratos suscriptos por el Estado Nacional y las empresas prestadoras, con las adecuaciones y revisiones correspondientes», añadió.
En ese contexto, resalta que los indicadores de frecuencia media de interrupción de servicio tuvieron un incremento del 55,23% en el área de cobertura de Edenor y del 173,22% en la de Edesur, lo que evidencia «inversiones insuficientes, que importan un crecimiento de la obsolescencia en los activos de las prestadoras, por lo que de no adoptarse medidas urgentes se profundizará la deficiente calidad de servicio descripta en perjuicio de los usuarios».
Asimismo, se destaca que las transferencias del Tesoro a la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico (Cammesa) alcanzaron en 2023 a $ 1,4 billón, que la central nuclear Atucha I se encuentra próxima a cumplir su período de vida útil y que hay riesgos de desabastecimiento de gas natural en el norte del país.
Los comentarios están cerrados.