el Gobierno provincial envió un proyecto para subastar los vehículos del Depósito Judicial de 9 de Julio

La iniciativa presentada en la Cámara de Diputados busca modificar la legislación vigente para permitir la venta en remate público tanto de las unidades que puedan volver a circular como de aquellas aprovechables para autopartes. Los fondos obtenidos se destinarán a obras de infraestructura, salud, educación y programas sociales.

La gestión del gobernador Marcelo Orrego dio un paso clave para destrabar la saturación que padece el Depósito Judicial ubicado en el departamento 9 de Julio. A través del envío de un proyecto de ley a la Cámara de Diputados, el Ejecutivo provincial busca incorporar nuevas alternativas de disposición final para las miles de motos, autos y camionetas que se encuentran retenidos por infracciones de tránsito o causas judiciales sin que sus propietarios los hayan reclamado.

La propuesta oficial modifica la Ley 1810-A de Procedimiento para la Disposición Final de Cosas Muebles Peligrosas mediante la adición de un nuevo capítulo compuesto por cuatro artículos. De concretarse su aprobación, el Ministerio de Gobierno quedará habilitado para organizar subastas públicas de aquellos vehículos que reúnan condiciones para una “recuperación funcional” —es decir, que puedan ser reparados para volver a la vía pública—, así como de las unidades cuyo atractivo resida en el aprovechamiento de sus autopartes.

Mecanismo, transparencia y compactación

Según establece la iniciativa, las pautas específicas del remate se determinarán mediante reglamentación, garantizando la publicidad, la transparencia y la participación de oferentes tanto individuales como corporativos.

Para aquellas unidades que no resulten aptas ni para la circulación ni para el desguace comercial de repuestos, se mantendrá vigente el proceso de compactación. Los bloques de chatarra resultantes podrán ser comercializados mediante venta directa o subasta bajo estricta supervisión estatal.

Destino de los fondos y trazabilidad

Un aspecto relevante del proyecto de ley es la asignación específica de las sumas recaudadas a través de los remates y la venta de chatarra. La norma prevé que estos recursos se destinen a la financiación de proyectos de infraestructura social, sanitaria, educativa o ambiental, tanto a escala provincial como municipal, además de respaldar programas de asistencia directa a sectores vulnerables y campañas de educación ambiental. Asimismo, la autoridad de aplicación deberá confeccionar un informe y rendición pública anual para garantizar la trazabilidad de los ingresos.

Criterios de decomiso y plazos judiciales

Para proceder al remate o compactación, el articulado dispone el decomiso formal de los bienes que permanezcan en el predio por un plazo superior a los seis meses. Dicha medida se ejecuta previa declaración de estado de peligrosidad —por riesgos ambientales o de salubridad público— por parte de la Secretaría de Ambiente, y no otorga derecho a indemnización.

En el caso de las movilidades puestas a disposición de los juzgados intervinientes, se implementará un sistema de notificación previa: los magistrados dispondrán de un plazo improrrogable de 10 días para solicitar la preservación del bien. De requerirlo, la autoridad judicial deberá asumir la responsabilidad y el traslado del vehículo fuera del depósito provincial; de lo contrario, se concretará el decomiso directo.

Rivero. C

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