Cuando aún arrecian las críticas, rechazos y judicializaciones contra el mega DNU, que tiene destino incierto en el Congreso, el presidente Javier Milei envió ayer al Parlamento la Ley Ómnibus para avanzar en una drástica reforma del Estado que incluye cambio en el sistema electoral, privatizaciones, cambios en las jubilaciones, en educación y regula las protestas. Además, apunta a una reforma del sistema electoral con la eliminación de las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO), la implementación de la Boleta Unica y la reforma tributaria con ampliación de las retenciones agropecuarias y baja de Bienes Personales. También reformas judiciales y hasta un divorcio exprés sin jueces ni abogados, sólo con el consentimiento de las partes -ver notas vinculadas-. Y propone, entre otros, la eliminación del Inadi.

En cuanto al capítulo impositivo, el proyecto contempla un blanqueo de capitales y una moratoria de las obligaciones tributarias y aduaneras y de los recursos de la seguridad social vencidas al 30 de noviembre.

Sobre las jubilaciones, concretamente el Gobierno busca eliminar la fórmula vigente para la actualización de las jubilaciones y pensiones, asumiendo la potestad de «realizar aumentos periódicos atendiendo prioritariamente a los beneficiarios de más bajos ingresos». No se detalla cada cuánto serán los aumentos ni qué indicadores se tomarán como referencia hasta que se apruebe una nueva fórmula.

Un punto destacado del proyecto es que incluye la ratificación del mega DNU que tanto revuelo provocó entre el sindicalismo, las organizaciones sociales y el kirchnerismo. La inclusión del DNU puede hacer perder fuerza al debate en la comisión bicameral de tratamiento legislativo, ya que se tratará en las comisiones permanentes del Congreso. Y si se aprueba esta ley se estaría aprobando el DNU.

Lo curioso es que no contempla la reversión del Impuesto a las Ganancias, lo que presupone es un as bajo la manga que se guardó Milei para negociar la aprobación de la Ley Ómnibus con los gobernadores que buscan que se les restituyan los fondos perdidos por le reducción de Ganancias a los trabajadores.

En sus fundamentos, el proyecto señala que «Argentina está inmersa en una grave y profunda crisis económica, financiera, fiscal, social, previsional, de seguridad, defensa, tarifaria, energética, sanitaria y social sin precedentes, que afecta a todos los órdenes de la sociedad y al funcionamiento mismo del Estado».

Como primera medida, el Poder Ejecutivo busca que el Congreso declare la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, previsional, de seguridad, defensa, tarifaria, energética, sanitaria, administrativa y social hasta el 31 de diciembre de 2025. Esto permitirá que el Gobierno asuma «facultades legislativas» en esas materias. Por otro lado, promueve la privatización de las empresas públicas (41 en total entre las que están YPF, Aerolíneas Argentinas, Aysa, Banco Nación, etc.) «con el fin de generar competencia y reducir la carga fiscal, mejorar la calidad de los servicios, promover la inversión privada y profesionalizar la gestión».

> En qué comisiones

Según dijo Martín Menem, las comisiones a las que será girado el proyecto (Presupuesto, Asuntos Constitucionales, Legislación General y Relaciones Exteriores) serán conformadas antes de que termine la semana. Los ministros irán al Congreso a explicar el proyecto.

> Cambia la forma de elegir diputados

En materia de reforma electoral, además de eliminar las PASO, el proyecto establece en el artículo 443, de «Circunscripciones uninominales», que «los diputados nacionales serán elegidos directamente por el pueblo de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que se consideran a este fin como distritos electorales de un solo Estado».

De ese modo, «cada distrito se dividirá en un número de circunscripciones igual al número de diputados que se eligen» y «cada elector votará solamente por una lista integrada por un candidato titular y un candidato suplente que deben ser de diferente género».

Esa normativa reemplaza al artículo 158 de la Ley N° 19.945, que fijaba que los diputados nacionales «se elegirán en forma directa por el pueblo de cada provincia y de la Capital Federal que se considerarán a este fin como distritos electorales» y marcaba que «cada elector votará solamente por una lista de candidatos oficializada cuyo número será igual al de los cargos a cubrir con más los suplentes previstos en el artículo 163 de la presente ley».