Tras el último fin de semana largo, generado por el feriado del lunes 24 de marzo -Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia-  muchas personas consultan en el calendario de abril las fechas de descanso extra.

 

La buena noticia es que el próximo mes el almanaque viene cargado: con dos feriados, un día no laborable y un fin de semana largo.

El primer descanso extra será el miércoles 2 de abril, por el Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas. Se trata de un feriado nacional inamovible, según el cronograma dispuesto por el Ministerio del Interior, por lo que no habrá fin de semana largo. 

Dos semanas después llegará Semana Santa. A raíz de esta celebración religiosa, habrá un día no laborable el 17 de abril (Jueves Santo) y un feriado inamovible el 18 (Viernes Santo), por lo que se generará un fin de semana largo.

Sin embargo su duración variará. Para quienes puedan tomarse el 17 -al ser un día no laborable la decisión de si se trabaja o no queda en manos del empleador- será de cuatro días. Mientras que aquellas personas que deban trabajar el jueves, tendrán un fin de semana de tres días (viernes, sábado y domingo).

Días no laborales y feriados: diferencias y cómo se pagan

Durante los feriados nacionales rigen las mismas normas que para el descanso dominical, siendo el trabajo una excepción a la que el trabajador no está obligado.

En caso de trabajar un día feriado, el trabajador debe cobrar una jornada doble, de acuerdo a lo establecido en la Ley 20.744 de Contrato de Trabajo.

Por el contrario, la adhesión a un día no laborable está en manos de los empleadores, no es obligatoria ni debe pagarse un extra por tener actividad ese día.