Histórico fallo en San Juan: unifican penas y un abusador serial pasará 36 años tras las rejas
El Tribunal Colegiado condenó a M. W. Ibazeta a 15 años de prisión por violar a dos hermanos menores de edad con los que convivía. Al tener una sentencia previa de 21 años, pasará casi cuatro décadas en el Penal de Chimbas.
En un fallo unánime que marca un precedente por la gravedad de los hechos, la Justicia sanjuanina dictó una nueva condena contra M. W. Ibazeta, un hombre que ya se encontraba tras las rejas por delitos contra la integridad sexual. Este jueves, el Tribunal Colegiado le impuso una pena de 15 años de prisión efectiva tras hallarlo culpable de abusar sexualmente de dos hermanos que eran menores al momento de los ataques.
La contundencia de la resolución radica en que los magistrados dispusieron la unificación de esta nueva condena con una anterior de 21 años. De esta manera, Ibazeta Fernández deberá cumplir una pena única de 36 años de prisión efectiva en el Servicio Penitenciario Provincial.
Unánime y riguroso
El tribunal encargado de dictar la sentencia estuvo presidido por el juez Roberto Montilla, acompañado por los vocales Celia Maldonado de Álvarez y Juan Gabriel Meglioli. Durante la lectura del veredicto en la sala de audiencias, estuvo presente la madre de las víctimas, visiblemente afectada por el proceso.
Por el lado de la acusación, la fiscal Andrea Insegna y la ayudante fiscal Florencia Buteler (ambas pertenecientes a la UFI ANIVI) habían solicitado originalmente una pena de 20 años de cárcel. En contraposición, el abogado defensor del imputado, Marcelo Salinas, había requerido una sanción menor. Finalmente, los jueces optaron por fijar la pena en 15 años para este expediente en particular, que al sumarse al historial delictivo del acusado dio el total de 36 años.
Los escalofriantes detalles del caso
Las pruebas presentadas durante el debate oral fueron determinantes para que los jueces consideraran totalmente acreditados los delitos. Se comprobó que el condenado aprovechó el ámbito familiar para perpetrar los ataques, dado que convivía con las víctimas y ejercía una relación de guarda sobre ellas, un factor que funcionó como un claro agravante penal.
La sentencia detalló la responsabilidad de Ibazeta en dos escenarios diferenciados:
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Abuso hacia el niño (hoy de 13 años): Fue declarado autor penalmente responsable de abuso sexual con acceso carnal reiterado, agravado por la guarda y la convivencia preexistente, en concurso real con corrupción de menores agravada.
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Abuso hacia la niña (hoy de 10 años): Se lo condenó por el delito de abuso sexual gravemente ultrajante, agravado por la guarda y la convivencia preexistente.
La clave del fallo: Al tratarse de un reincidente que ya arrastraba una condena de 21 años por otros delitos sexuales de similar naturaleza, la unificación de penas asegura que el agresor pase la mayor parte del resto de su vida en prisión, llevando alivio a las víctimas y a su entorno familiar.
Op: Juan Llarena
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