La Justicia ordenó suspender el protocolo de San Isidro que obstaculizaba el acceso al aborto legal
El protocolo, comunicado a los efectores de salud el 26 de marzo de 2026, incluía instancias no previstas por la ley.
El Juzgado Contencioso Administrativo N.° 2 hizo lugar a la medida cautelar presentada por Amnistía Internacional Argentina y ordenó la suspensión del protocolo municipal que imponía barreras al acceso a la interrupción voluntaria del embarazo, en violación de la Ley Nacional 27.610.
El protocolo, comunicado a los efectores de salud el 26 de marzo de 2026, incluía instancias no previstas por la ley. Algunas de ellas eran consultas psicológicas obligatorias, intervención de equipos sociales y la exigencia de “ratificar la decisión ya expresada”.
Además, concentraba la atención exclusivamente en el Hospital Materno Infantil, impidiendo que los centros de atención primaria (CAPS) realizaran las interrupciones. Uno de los testimonios incorporados al expediente relata que una paciente fue derivada a un consultorio llamado “Maternidades vulnerables”, donde le mostraron un muñeco y le exhibieron una imagen religiosa.
Amnistía sostuvo que estas prácticas funcionaron como mecanismos de presión para modificar decisiones ya tomadas.
“La Ley 27.610 es clara y ningún municipio puede pretender reescribirla ni imponer obstáculos adicionales para ejercer un derecho reconocido por ley”, dijo Mariela Belski, directora ejecutiva de Amnistía Internacional Argentina.
fuente:filo new
op: checo murciano
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