MODIFICARON LA CARGA IMPOSITIVA PARA COMPRAS A CRÉDITO EN DÓLARES Y GASTOS EN EL EXTERIOR

La carga impositiva total sobre este tipo de operaciones se redujo del 155% al 60%, a modo de compensación ante el incremento de la cotización del dólar oficial.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) formalizó la modificación de la carga impositiva para las compras en moneda extranjera a crédito y los gastos con tarjeta en el exterior, de lo que resultará una cotización del denominado «dólar tarjeta» de $ 1.280, con un 60% de recargo sobre la cotización oficial de $ 800.

La modificación se instrumentó a través de las resoluciones generales 5463/2023 y 5464/2023 publicadas en el Boletín Oficial, con la particularidad de estar suscriptas por el director general de Aduanas, Guillermo Michel, transitoriamente a cargo del organismo recaudador hasta que se formalice la designación de Florencia Misrahi.

De esta forma la carga impositiva total sobre este tipo de operaciones se redujo del 155% al 60%, a modo de compensación ante el incremento de la cotización del dólar oficial.

La RG 5463 determinó que la alícuota de percepción del impuesto a las Ganancias aplicable sobre las operaciones en moneda extranjera será del 30%.

Por su parte, en la RG 5464 se fijó una alícuota del impuesto PAIS del 28,5% o del 16,625% según el tipo de operación.

Las medidas habían sido anticipadas en el anuncio formulado por el ministro de Economía, Luis Caputo.

Fuente: Télam
Op: Rivero Cecilia

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