PARITARIAS SANIDAD: NUEVAS CONDICIONES, TOPE DE INDEMNIZACIÓN Y MEDIDAS A SEGUIR

Cabe destacar que la homologación se publica en el Boletín Oficial en un momento de suma tensión entre las partes, pues este jueves el Gobierno intentará resolver el conflicto salarial entre FATSA y los prestadores del sector salud.

 

Por medio de la Resolución 2434/2023 de la Secretaría de Trabajo se homologó un acuerdo entre la Federación de Asociaciones de Trabajadores de la Sanidad Argentina (FATSA) y la Confederación Argentina de Mutualidades (CAM). El acuerdo establece nuevas condiciones salariales para los trabajadores de las mutualidades, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 107/75. 

Cabe destacar que la homologación se publica en el Boletín Oficial en un momento de suma tensión entre las partes, pues este jueves el Gobierno intentará resolver el conflicto salarial entre FATSA y los prestadores del sector salud en una reunión crucial en la Secretaría de Trabajo. Desde hace varios días y hasta el viernes, el sindicato liderado por Héctor Daer ejecuta paros de dos, tres y cuatro horas por turno. 

Esta medida de fuerza afecta a clínicas, sanatorios, hospitales privados, geriátricos y servicios de emergencia, donde solo se mantienen guardias mínimas durante los paros escalonados. «Nuestros salarios han perdido significativamente su poder adquisitivo, mientras los empresarios del sector salud se niegan sistemáticamente a otorgar los aumentos que hemos estado reclamando durante meses», afirmó FATSA, denunciando además que «los salarios están congelados desde marzo». 

La Resolución también establece que el Ministerio de Trabajo evaluará la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976). 

Puntos clave de la Resolución

  • Se declara homologado el acuerdo entre la FATSA y la CAM.
  • Ordena el giro del expediente a la Dirección de Gestión Documental y luego a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo para su registro.
  • Ordena la notificación a las partes signatarias y el pase del expediente a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo para la evaluación del tope indemnizatorio.
  • Establece que si el Ministerio no publica gratuitamente el instrumento homologado y la Resolución, será aplicable lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5º de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
  • Ordena la comunicación, publicación y archivo de la Resolución.

Fuente: Ámbito

Rivero. C

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