SAN JUAN: APARTARON A UN JUEZ DE FLAGRANCIA POR SOBRESEER DE OFICIO A UN CONDUCTOR QUE HUYÓ 30 KILÓMETROS Y PUSO EN RIESGO A UN POLICÍA
Un tribunal de impugnación anuló el fallo del magistrado Carlos Lima al considerar que se extralimitó en sus funciones al cerrar la causa sin pedido de las partes. El hecho ocurrió en septiembre, durante un operativo de desvío por un siniestro vial fatal en Caucete.
Un tribunal unipersonal de impugnación resolvió anular un controvertido sobreseimiento y apartar de la causa al juez de Flagrancia, Carlos Alberto Lima, tras determinar que actuó fuera de sus atribuciones legales al cerrar un expediente penal por iniciativa propia.
La resolución fue firmada por el camarista Fabio Daniel Guillén Alonso, quien hizo lugar a la apelación presentada por el Ministerio Público Fiscal, representado por la fiscal Virginia Branca. El tribunal confirmó la nulidad absoluta de la decisión tomada por Lima a favor de Adrián Ismael Espejo Vega (25), quien había sido beneficiado con el sobreseimiento y la libertad inmediata sin que ninguna de las partes lo solicitara.
El caso: una persecución de 30 kilómetros
El episodio investigado se remonta a la noche del pasado 19 de septiembre de 2026, en el marco de un operativo policial desplegado sobre la Ruta Nacional 20 debido a un siniestro vial fatal ocurrido en Caucete.
En esas circunstancias, Espejo Vega, a bordo de un Renault 19, ignoró las indicaciones del personal policial, atravesó el balizamiento destruyendo conos y luminarias —obligando a los efectivos a apartarse para no ser atropellados— y emprendió una fuga que se extendió por aproximadamente 30 kilómetros a través de los departamentos de 9 de Julio y Rawson.
Durante el trayecto, el conductor desobedeció órdenes de alto y, al llegar a la intersección de la Ruta Provincial 155 y calle América, le arrojó el automóvil de frente al agente motorizado Marcelo Saffe, quien debió realizar una maniobra evasiva para evitar ser embestido. La persecución culminó finalmente en Médano de Oro, donde se constató que el joven circulaba sin licencia de conducir, cédula verde, seguro obligatorio ni RTO.
La extralimitación y el sistema acusatorio
En las audiencias posteriores, la fiscalía imputó al joven el delito de resistencia a la autoridad (artículo 239 del Código Penal) y solicitó fecha de juicio oral. Sin embargo, el juez Lima dictó el sobreseimiento de oficio bajo el argumento de que la fuga y la desobediencia no configuraban, por sí solas, violencia física directa contra los uniformados.
Al revisar el planteo fiscal, el camarista Guillén Alonso determinó que el juez invadió atribuciones propias del órgano acusador y violó las reglas del sistema acusatorio vigente (Ley 1851-O). El magistrado recordó que los jueces no pueden reemplazar a los fiscales ni tomar decisiones de esta magnitud sin un pedido formal y un debate previo entre las partes.
Con esta resolución, el expediente fue reenviado al fuero de Flagrancia, por lo que un nuevo juez deberá intervenir y convocar a una audiencia de presentación para que el proceso judicial continúe su curso legal.
POR LIC. EUGENIA VILA
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