San Juan tiene nuevo marco provisorio para el juzgamiento de menores de edad
La Cámara de Diputados aprobó por unanimidad una norma de 20 artículos que estará vigente hasta la sanción del código procesal definitivo. Apuesta a la resolución alternativa de conflictos y al juicio abreviado.
En una sesión especial de marcado consenso político, la Cámara de Diputados de San Juan sancionó la ley transitoria que adecua el procedimiento penal de la provincia al régimen nacional de minoridad. Con 32 votos a favor, tanto en la votación general como en la particular, la normativa introduce un abanico de herramientas de justicia restaurativa para el abordaje de causas que involucran a adolescentes.
La ley consta de 20 artículos y funcionará de manera complementaria a la legislación vigente durante el período de transición. Su objetivo central es modernizar la tramitación de expedientes mediante vías alternativas que eviten el desgaste del proceso judicial tradicional en delitos de menor gravedad.
Salidas alternativas e intervención técnica
El cuerpo legal habilita la implementación de la conciliación, la reparación integral del daño y la suspensión del juicio a prueba (probation). Estas instancias podrán ser requeridas por la fiscalía de Niñez y Adolescencia, la defensa o ser aplicadas de oficio por el juez interviniente hasta la audiencia de debate.
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Conciliación y reparación: Se aplicará principalmente en delitos patrimoniales ejecutados sin violencia grave y en hechos culposos que no deriven en lesiones gravísimas o fallecimientos. Quedan excluidas de este beneficio las causas con penas máximas superiores a los seis años, así como los delitos contra la vida, la integridad sexual y el orden constitucional. En caso de cumplimiento del acuerdo o de la reparación prometida por el menor, la acción penal quedará extinguida.
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Probation: Podrá solicitarse desde la audiencia de indagatoria. Al concederla, el magistrado fijará pautas de conducta y plazos de seguimiento bajo la supervisión de equipos técnicos especializados.
Juicio abreviado para agilizar los procesos
La norma sancionada también contempla la figura del juicio abreviado en delitos de acción pública. Para su aplicación se requerirá un acuerdo por escrito firmado por el fiscal, el adolescente imputado, su abogado defensor y el asesor penal de Niñez y Adolescencia, donde se ratifique la autoría del hecho y la calificación legal.
Si el juez admite el convenio tras una audiencia formal, emitirá el fallo correspondiente, con la limitación expresa de que no podrá imponer una sanción más gravosa que la requerida por el Ministerio Público Fiscal.
Hacia un régimen procesal definitivo
Tras la votación, el vicegobernador y presidente del cuerpo legislativo, Fabián Martín, fundamentó la urgencia de la medida argumentando que el esquema procesal sanjuanino no sintonizaba adecuadamente con los postulados nacionales vigentes.
Martín aclaró que el articulado aprobado responde a un proyecto remitido por el Poder Judicial para dar una respuesta inmediata, pero confirmó que el Poder Ejecutivo avanza en la redacción final de la ley definitiva. Según adelantó la autoridad legislativa, esa propuesta de fondo se enviará a la Legislatura en el corto plazo para lograr su aprobación y cerrar el ciclo de adecuación institucional.
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