Todo lo que Debes Saber sobre la Compactación de Vehículos

La Secretaría de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos de San Juan, a través de su coordinación, proporciona información clave sobre el procedimiento de compactación de vehículos en respuesta a preguntas frecuentes de los ciudadanos.

Ley Vigente: En San Juan, rige la Ley 1810-A de Procedimiento para la Disposición Final de Cosas Muebles Peligrosas. Esta ley establece el marco normativo para la disposición final de vehículos provenientes de secuestros realizados por autoridad pública y crea el Registro Único de Vehículos.

Beneficios de la Compactación: La compactación de vehículos ofrece beneficios significativos al reducir el daño ambiental y facilitar el reciclaje.

Donación de Vehículos: Actualmente, la ley no contempla la donación de vehículos. Sin embargo, el Ministerio de Gobierno está trabajando para explorar esta como una posible alternativa en el futuro.

Remate o Venta de Partes: La legislación no permite el remate de vehículos ni la venta de sus repuestos o partes.

Tiempo para Compactación: Los vehículos que permanecen más de seis meses en dependencias o depósitos del Poder Ejecutivo, una vez decomisados y notificados, están sujetos a la orden de compactación.

Vehículos Retirables: Si los vehículos aún no han sido decomisados, los propietarios tienen la opción de abonar la multa, la guarda y el Impuesto a la Radicación del Automotor para retirarlos.

Para más detalles sobre la normativa, se puede consultar la Ley 1810-A.

Esta información busca aclarar dudas y proporcionar claridad sobre el proceso de compactación de vehículos en la provincia de San Juan.

Podés consultar la Ley 1810-A aquí

 

Op: Juan Llarena

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