Causa Belle Argentina: la defensa de De La Fuente afirmó que las pruebas de Fiscalía “son insuficientes” para demostrar trata
El abogado Fernando Castro aseguró que las transmisiones por webcam no están reguladas en el país y descartó que existiera vulnerabilidad en las presuntas víctimas. Adelantó que pedirá la absolución.
En el marco del inicio del juicio oral y público en el Tribunal Oral Federal, la defensa del abogado sanjuanino Gustavo Antonio De La Fuente salió al cruce de las acusaciones por explotación sexual y trata de personas que pesan sobre su cliente. El doctor Fernando Castro afirmó de manera tajante que la imputación carece de sustento probatorio firme.
“Todos los elementos que ha aportado el Ministerio Público Fiscal son insuficientes para sostener semejante figura”, aseveró Castro este viernes en declaraciones radiales, abriendo una estrategia defensiva orientada a demostrar que la actividad investigada no encuadra en los delitos que se le atribuyen a la organización.
La hipótesis de la Fiscalía frente al descargo defensivo
La causa penal investiga el funcionamiento de Belle Argentina, una supuesta agencia de modelos webcam señalada por la Justicia federal como una pantalla para captar a mujeres en situación de extrema vulnerabilidad económica y social. Según la acusación fiscal, la firma —co-dirigida por De La Fuente y el ciudadano colombiano John Sebastián Quevedo Medina— habría explotado a unas 37 jóvenes, incluyendo el traslado engañoso de una víctima desde la vecina provincia de La Rioja.
La Fiscalía sostiene que las mujeres eran sometidas a extensas jornadas de transmisión, esquemas de control psicológico y un estricto sistema de multas y descuentos económicos.
Sin embargo, para el abogado defensor, la realidad del caso es opuesta:
“Yo, por lo que se lleva visto, no he encontrado ninguna situación de trata. No he visto que nadie haya tenido una situación de vulnerabilidad económica, social o lo que sea”.
El vacío legal de las plataformas y los pagos
Uno de los ejes centrales de la argumentación defensiva radica en la naturaleza del trabajo virtual. Castro subrayó que la actividad vinculada a las plataformas webcam “no está regulada” en la legislación argentina y aclaró que la producción de contenidos sexuales vía streaming, por sí sola, no constituye un delito.
Respecto al manejo financiero y las sospechas de estafa o retención de ganancias, el letrado explicó que los servicios se abonaban mediante plataformas internacionales en tokens (monedas virtuales ligadas al dólar) que luego se pesificaban. “Todo el mundo ha cobrado lo que trabajó”, enfatizó, descartando cualquier tipo de engaño económico hacia las jóvenes.
Prisión preventiva al límite
Hacia el cierre de sus declaraciones, Castro ratificó que solicitará la absolución total de De La Fuente y anticipó que recurrirán a instancias superiores en caso de recibir una condena.
Asimismo, puso el foco en la situación procesal de su defendido, quien se encuentra detenido desde hace casi dos años. El abogado advirtió que el plazo de la prisión preventiva está próximo a expirar y que, una vez cumplido ese límite formal, “la liberación es ipso iure (por el derecho mismo)”.
POR LIC. EUGENIA VILA
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