Escándalo institucional en San Juan: piden el juicio político del cortista Marcelo Lima

El abogado Nicolás Fiorentino solicitó formalmente la destitución del ministro de la Corte. Argumenta que omitió deliberadamente excusarse en causas contra un juez con quien comparte un vínculo personal y político de larga data.

Una nueva presentación judicial sacude el escenario institucional de San Juan. El abogado Nicolás Fiorentino solicitó formalmente este martes, ante la Sala Acusadora de la Cámara de Diputados, la apertura de un proceso de juicio político contra el ministro de la Corte de Justicia provincial, Marcelo Lima, quien además preside actualmente el Jurado de Enjuiciamiento.

El pedido invoca la causal de “falta de cumplimiento de los deberes a su cargo” (artículo 219 de la Constitución provincial). La denuncia se centra en que Lima no se apartó de dos causas (jury) que se tramitan contra el juez de Cámara Sergio Rodríguez, a pesar de que la legislación vigente exige la excusación obligatoria en casos de “amistad íntima”.

El origen del conflicto: la relación Lima-Rodríguez

Según el escrito presentado por Fiorentino, el cortista Marcelo Lima y el magistrado acusado comparten un estrecho vínculo personal y político que se remonta a dos etapas clave en la función pública:

  • Período 2004-2007: Coincidieron en la Cámara de Diputados de San Juan, cuando Lima era vicegobernador y Rodríguez se desempeñaba como secretario administrativo de la Cámara.

  • Período 2007-2009: Compartieron gestión en la Municipalidad de la Ciudad de San Juan, bajo la intendencia de Lima, mientras Rodríguez ejercía como asesor y funcionario en la Secretaría de Gobierno.

A estos antecedentes laborales se les suma, según el denunciante, una activa participación conjunta en el Partido Justicialista y un trato frecuente a lo largo de los años.

Qué dice la ley sobre el apartamiento

El planteo del letrado sostiene que esta relación encuadra directamente en las prohibiciones de la Ley provincial 663-E (regulatoria del Jurado de Enjuiciamiento), la Ley de Ética Pública (560-E) y el Código de Ética Judicial. Estas normas obligan a los magistrados a abstenerse de intervenir cuando su imparcialidad —o incluso la sola apariencia de ella ante un observador razonable— pueda verse comprometida.

Fiorentino señaló que ya había advertido formalmente a Lima sobre esta situación, pero que el ministro “hizo caso omiso” y continuó participando activamente de las deliberaciones mediante “fórmulas dogmáticas”.

Próximos pasos

En su petitorio, el denunciante solicitó a la Cámara de Diputados que requiera informes detallados al municipio capitalino y al propio Poder Legislativo para constatar los cargos y períodos en que ambos funcionarios coincidieron.

La presentación quedó ahora bajo el análisis de la Sala Acusadora de la Cámara de Diputados, que deberá evaluar si existen elementos suficientes para dar curso al proceso de destitución contra el miembro del máximo tribunal sanjuanino.

POR LIC. EUGENIA VILA

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