Investigan a Chiqui Tapia por presunto enriquecimiento ilícito: la Fiscalía pidió levantar su secreto fiscal y bancario
La causa recayó en el juzgado federal de Ariel Lijo tras una denuncia originada por el empresario Guillermo Tofoni. La investigación apunta a analizar la evolución patrimonial del presidente de la AFA y titular de la CEAMSE entre 2017 y 2024.
La Justicia federal avanzó de lleno en una causa por presunto enriquecimiento ilícito contra el presidente de la Asociación del Fútbol Argentino y titular de la CEAMSE, Claudio “Chiqui” Tapia, en un expediente que tramita en el juzgado federal de Ariel Lijo y donde la Fiscalía solicitó formalmente el levantamiento de su secreto fiscal y bancario para esclarecer el origen de sus bienes.
El requerimiento fue impulsado por el fiscal Gerardo Pollicita, quien le pidió al magistrado que autorice el acceso inmediato a las declaraciones juradas, cuentas bancarias, bienes, movimientos económicos y nivel de consumo del dirigente deportivo, abarcando también los alcances de la ley de prevención del lavado de activos y del Mercado de Capitales.
El origen de la causa se remonta a una denuncia presentada en abril por el empresario Guillermo Tofoni en medio de un litigio que mantiene con el mandamás del fútbol argentino, en la cual se advierte que Tapia habría registrado un incremento de su patrimonio cercano al 1000% entre los años 2017 y 2024.
De acuerdo con la documentación incorporada al expediente, el dirigente pasó de declarar cuatro propiedades valuadas fiscalmente en $17 millones y un vehículo en 2017, a reportar más de $1.002 millones en depósitos bancarios, más de $39 millones en efectivo y US$246.206 en una caja de ahorro hacia 2024.
La investigación también contempla el análisis de sus ingresos formales, los cuales incluyen entradas anuales por $100.233.144 en su función en la CEAMSE y $718.536.500 como vicepresidente de la CONMEBOL, teniendo en cuenta que su cargo al frente de la AFA se ejerce de manera ad honorem.
Fuentes judiciales aclararon que el impulso de la acción penal no constituye por el momento una imputación formal ni contempla órdenes de allanamiento, por lo que será el juez Lijo quien deba definir las medidas y autorizar el relevamiento de la información financiera para determinar si existe una incongruencia entre los ingresos y la evolución patrimonial del funcionario.
OP: Juan Pablo Amaya
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